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Carmen Manzano

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PENSION COMPENSATORIA PARA EL CÓNYUGE QUE SUFRA DESEQUILIBRIO ECONÓMICO TRAS LA RUPTURA

26 noviembre, 2020 Por

Pension Compensatoria por desequilibrio Económico
Pensión compensatoria por desequilibrio económico

¿QUE SIGNIFICA LA PENSIÓN COMPENSATORIA?

Estimados lectores/as:

Os contesto a la pregunta de que  significa realmente la medida de Pensión compensatoria, estoy segura que muchos de vosotros desconoceis en que consiste la Pensión Compensatoria, pues bien,  es una medida que se fija con el Divorcio o la Separación, consistente en que se establece que uno de los conyuges, esta obligado a pagar al otro una cantidad económica, debido al desequilibrio económico que produce el Divorcio,  al conyuge que queda en una situación económica peor  que la del  otro.

Para establecer la Pensión Compensatoria, es necesario valorar una serie de requisitos, que estable el art. 97 del Codigo Civil https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-

Actualmente existen una amplia base de datos de abogados en España, pero desde nuestro despacho profesional estamos especializados en este tipo de casos con cientos de sentencias favorables para nuestros clientes.

PARA FIJAR LA PENSION COMPENSATORIA, SE VALORAN LAS CIRCUNSTANCIAS ECONOMICAS FAMILIARES PARA ESTABLECERLA

Es bastante común que la Pensión compensatoria, se fije a favor de las mujeres, ya que tradicionalmente, la mujer se ha venido ocupando del hogar y de los hijos, por lo que, no ha tenido tiempo de formarse ni ha ejercido ningún trabajo fuera de las tareas domesticas, esto unido a la edad de la mujer, factor muy importante a tener en cuenta, para valorar las posibilidades de poder acceder a un puesto de trabajo, mientras que el marido tras el Divorcio, está consolidado en el mundo laboral, por lo que, la separación no le produce ningún desequilibrio.

Os animo a que lucheis por vuestros derechos siempre y que no desistais de este derecho, ya que la ley os ampara, a una Pensión Compensatoria.

EXISTENCIA DE PENSION COMPENSATORIA INDEFINIDA O TEMPORAL.

La fijación de la Pensión Compensatoria, como os he dicho anteriormente, va a depender de las circunstancias económicas y familiares, para establecerla con caracter temporal o Indefinida.

Actualmente es bastante común establecer la Pensión Compensatoria de manera temporal, por tiempo determinado, para que el Conyuge desfavorecido por la ruptura, pueda encontrar un trabajo y así acceder al mundo laboral, en otros casos, donde se tiene más dificultades para encontrar trabajo, debido a circunstancias personales tales como: la edad, estado de salud etc… Se establece la Pensión compensatoria de manera Indefinida

No es habitual la fijación de la Pensión Compensatoria al marido, aunque en muchas ocasiones pueda ser este el afectado, tras la ruptura, no se le ocurre solicitar  que su ex mujer le abone una  Pensión Compensatoria  para él, en algunos casos por vergüenza, otros por desconocimiento, orgullo…, que en términos de igualdad, se le debería de acordar como si fuera al contrario, pero en cambio, son ellos mismos, quien renuncian   a esta petición  y  me pregunto, ¿ A cuántos maridos le habrá creado un desequilibrio económico   la ruptura?.

Es hora de cambiar la mentalidad, y abogar por la igualdad, tras la ruptura, abandonar la idea de  una sociedad anticuada y obsoleta, ya que hay que evolucionar, estamos en una Sociedad moderna, donde la mujer se está incorporando al mundo laboral, (por suerte), y por tanto  no es dependiente del marido, ni se encarga exclusivamente del cuidado de los hijos,  ¿podría ser que el marido sea el dependiente  económicamente de la mujer y se encargue del cuidado de los hijos?, ¿Por qué no?, ¿y que la ruptura le produzca un desequilibrio económico?.  

Es por este motivo, que debemos de luchar por la igualdad, tanto hombres como mujeres. Vamos a dejarnos de estereotipos, y vamos a exigir nuestros derechos «ya», sin distinción alguna,  vamos a demostrar que somos iguales, y por tanto merecemos tener los mismos derechos y obligaciones.

Hay que tener en cuenta que la fijación de la Pensión Compensatoria es complicada en muchos casos de establecerla, ya que resulta dificil probar y acreditar el desequilibrio ecónomica.

RELACION DE LA PENSION COMPENSATORIA CON LA PENSION DE VIUDEDAD

Me parece de interés explicar este asunto, que quizás muchos de vosotros desconozcais, que fijar una Pensión Compensatoria en la Sentencia de Divorcio, puede dar lugar, si el obligado al pago fallece a poder optar a una pensión de Viudedad, siempre y cuando se cumplan además de este, otros requisitos establecidos, en el art.220 de la Ley General de la S.Social https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724#a220

http://www.segsocial.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10964/10966/28489/28492

Por lo que, en muchas ocasiones, a la hora de fijar la pensión compensatoria, se está pensando, en la posibilidad de poder optar a una pensión de viudedad, si fallece el pagador, más que en valorar la situación económica en la que nos encontramos para solicitarla.

/Os animo a que echeis un vistazo a mi página Web podéis acceder a Sentencias logradas por este despacho, que pueden resultar de un gran interes https://carmenmanzano.com/sentencia/efectos-retroactivos/

https://carmenmanzano.com/sentencia/compensacion-regimen-de-visitas

Carmen Manzano

Abogada

Tabla de contenidos

  • ¿QUE SIGNIFICA LA PENSIÓN COMPENSATORIA?
      • PARA FIJAR LA PENSION COMPENSATORIA, SE VALORAN LAS CIRCUNSTANCIAS ECONOMICAS FAMILIARES PARA ESTABLECERLA
      • EXISTENCIA DE PENSION COMPENSATORIA INDEFINIDA O TEMPORAL.
      • RELACION DE LA PENSION COMPENSATORIA CON LA PENSION DE VIUDEDAD

Filed Under: Medidas de divorcio Tagged With: cuidado del hogar, dedicación exclusiva familia, desamparados, desequilibrio economico, igualdad, igualdad de derechos, pension compensatoria, ruptura de pareja

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