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Carmen Manzano

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Reclamación al Banco de comisiones por posiciones deudoras e intereses de demora.

26 mayo, 2017 Por

Cláusulas abusivas "NO".

Estimado lector/a:

A raíz de las múltiples Sentencias del TJUE y Tribunal Supremo,  la cláusula suelo y su abusividad, ha adquirido  tal relevancia y trascendencia en nuestro país,  que  todos los consumidores han revisado sus contratos de préstamo para comprobar  si contienen  cláusula suelo.

Ahora bien, existen otras cláusulas abusivas,  tanto  en los contratos de préstamo hipotecario como en los  personales, que estamos pasando por alto,  y que revisten una gran importancia, dado el perjuicio económico que conllevan, para todos aquellos  que en un momento dado,  por dificultades económicas no pueden pagar  al vencimiento alguna cuota del mismo, o  pagan  con retraso. Normalmente en estos casos,  la entidad  cobra unos 30,00€, por  cada  retraso, (aunque sea por un día), lo que puede suponer unas cantidades considerables extras de pago,  ¡¡pues se acabó, no hay que conformarse!!. Pese a figurar  en el contrato de préstamo,  dicha comisión,  identificada como  «comisiones por posiciones deudoras»,  la  entidad para cobrarnos esa cantidad tendría  que acreditar  la gestión extra realizada  que justifique dicho cobro,  pero tratándose de una «comisión impuesta y automática por impago de cuota al vencimiento» no puede  acreditar la razón de ser  de la misma, considerándose   «cláusula abusiva».    Por tanto, os insto a que reclaméis  a la entidad por vía  extrajudicial o en su caso judicial, la abusividad de dicha cláusula, con el reintegro de las cantidades cobradas indebidamente por este concepto.

No hay que olvidar que junto a esta «comisión impuesta» el retraso  en el pago de una cuota de préstamo,  además lleva aparejado   el cobro de unos «intereses  de demora»,  que  se considerarán no abusivos, siempre y cuando no superen, en dos puntos el interés remuneratorio, (Sentencia del Tribunal Supremo de 08 de Septiembre de 2015), lo que significaría  que si  se superara ese porcentaje, se considerarían abusivos y  «por no puestos», es decir,  no cabría moderarlos sino que habría  que quitarlos,  siendo estas las últimas tendencias jurisprudenciales,

Resumiendo:  Declaradas abusivas   las «comisiones por posiciones deudoras«, así como los «intereses de demora» se anulan  del clausulado del contrato de préstamo,  con la consecuencia de la devolución de  las cantidades cobradas indebidamente de más por la entidad.

En este sentido podéis  acceder a través de este enlace a  un Auto por el que se me  estima por abusivas las comisiones por posiciones deudoras y los intereses de demora https://carmenmanzano.com/auto-declarando-abusivas-los-intereses-de-demora-y-comisiones-por-posiciones-deudoras/

Carmen Manzano

Abogada

Filed Under: Sin categoría Tagged With: avalista, cantidades extras, cobro no justificado, comision automatica, comisión impuesta, desequilibrio, desequilibrio economico, desigualdad, Fiadores, pago extra, retraso de un dia

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