Estimados lectores/as:
Cuantos de vosotros estáis ejerciendo de padre, sin serlo biológicamente, ni legalmente, y cuantos hijos querrían que fueseis vosotros sus verdaderos padres, y poder llevar vuestros apellidos, sintiéndose de esa manera vuestros verdaderos hijos. ¿Sabéis que existe la posibilidad de que el hijo de vuestra pareja pueda llevar vuestros apellidos?.
Seguro desconocéis la importancia que tiene la figura de la persona que ejerce como padre sin serlo biológicamente, en este país. En mi opinión estoy convencida que se tiene la creencia, de que, un padre es quien pone la semilla y la persona de quien proceden sus genes, pero os tengo que decir que esa creencia es errónea.
La realidad es bien distinta, puesto que quien realmente es el padre, es aquella persona que se encarga día tras día, del cuidado, educación y manutención, del menor, desde siempre, y le da el cariño y afecto como un auténtico padre . Es decir, el padre que engendra, y que desaparece de la vida de su hijo, que se despreocupa de él, que no se encarga de su cuidado, ni de su manutención, ni cumple un régimen de visitas, en realidad « no es nadie», no ejerce papel alguno en la vida del hijo, en cambio, la persona, que ha estado, y esta ahí cuidándolo educándolo, y manteniéndolo como hijo, «ese es el verdadero y único padre», pero para que legalmente sea reconocido como tal, se necesita iniciar acciones legales mediante un «procedimiento reclamando la adopción», que puede ser, por el hijo, «adoptando» por el que ejerce como padre, «adoptante» o la madre, y de esa manera ser reconocido como el «verdadero padre», y así poder llevar el menor los apellidos de este, en sustitución de los del padre biológico, quien desaparece de su vida por completo.
«Consiguiendo de esta manera que lo que aparenta ser sea lo que realmente es».
En este sentido podéis acceder a través de este enlace https://carmenmanzano.com/adopcion-del-menor-por-el-conyuge-de-la-madre/ a una de mis sentencias. mis sentencias.
Carmen Manzano
Abogada