
Introducción
Manutención de los Hijos Mayores de edad, un tema muy interesante de tratar, ya que desconocemos, hasta que edad, hay que seguir pagando la manutención de los hijos mayores de edad. Puesto que, la manutención de los hijos no se extingue ni es autómatica al alcanzar estos, la mayoria de edad.
En muchos convenios de mutuo acuerdo, que se firman en el Divorcio, se suele fijar que la manutención de los hijos mayores de edad, se extienda desde que son menores de edad, que es cuando se fija la obligación de abonar la Pensión de alimentos, hasta que estos sean independientes economicamente.
Por lo que habría que preguntarse ¿que significa ser independientes economicamente?, aunque parezca una frase sencilla y clara, resulta ser todo lo contrario, una frase tan abstracta, tan ambigua y tan amplia, que incluye situaciones tan diversas, que en definitiva, en la mayoria de las ocasiones, causa unas grandes dudas y preguntas de ¿hasta cuando tengo que seguir abonando la Manutención de los hijos mayores de edad?
Teniendo en cuenta además, que el pagador/a, es el padre o la madre, por esta razón, la Manutención de los hijos Mayores de edad, en muchas ocasiones se alarga en el tiempo de manera injusta y caprichosa, a fin de evitar ser cuestionado moralmente y considerado mala persona por el hijo/a, o el progenitor/a que percibe la manutención.
Convirtiendose el abono de la Manutención de los hijos Mayores de edad, en muchos casos, en un Enriquecimiento Injusto para el progenitor/a, que la percibe.
EXTINCION MANUTENCION DE LOS HIJOS MAYORES DE EDAD
Resulta dificil saber cuando es el momento idóneo para dejar de abonar la Manutención hijos mayores de edad, encontrándonos con situaciones diferentes y variadas, a las que se unen a veces la falta de información y comunicación con nuestros hijos mayores de edad, por lo que muchos de vosotros/as, desconoceis lo que hacen y a lo que se dedican, para proceder a la Extinción.
Encontrándonos con situaciones muy diversas y diferentes.
Diferentes escenarios:
1.- Podemos encontrarnos con hijos mayores de edad, que se encuentran despues de finalizar sus estudios universitarios, realizando Masters, o bien opositando, hijos que están aprovechando su tiempo de manera efectiva y clara con esfuerzo, por lo que, se mantendría la obligación de abonar la Manutención de los hijos mayores de edad, pese a que, estos puedan contar con 25 o 26 años, manteniéndose hasta que puedan acceder a un puesto de trabajo, ya que, es el objetivo de estos hijos.
2.-Podemos encontrarnos casos de hijos mayores de edad, donde estos, no acaban sus estudios obligatorios, dejándolos a medias, no saben que quieren, cambian de parecer constantemente en lo que quieren ser, estan perdidos, llevando una vida desordenada, lo que se suele denominar vulgarmente «ninis» en ese caso, la obligación de pagar Manutención a los hijos mayores de edad decaería, puesto que, al cumplir 18 años, serían adultos, para hacer y tomar sus propias decisiones, por lo que, sino quieren estudiar tendrían que ponerse a trabajar.

En este caso, se podría solicitar judicialmente la extinción de abonar la Manutención de los hijos mayores de edad, a los 18 años de edad.
3.-Existen situaciones mas controvertidas, aquellas donde el hijo mayor de edad empieza a trabajar, de manera temporal, con trabajos en prácticas, con sueldos precarios y contratos, en ese caso, para extinguir la Manutención a nuestros hijos mayores de edad, habría que valorar las circunstancias económicas tanto del hijo como del progenitor/a, obligado al pago de la Manutención al hijo Mayor de edad.
Teniendo en cuenta el escenario actual del trabajo, donde la contratación por tiempo indefinido resulta impensable en principio en la empresa privada, entiendo, que una vez que el hijo mayor de edad, empieza a trabajar, debería de extinguirse la obligación de pagar la Manutención a los hijos mayores de edad.
En muchas ocasiones, la situación económica del pagador/a, de la Manutención a los hijos Mayores de edad, puede resultar ser precaria, haciendo un gran esfuerzo por mantener al hijo mayor, por lo que, este debería de aprovechar el abono de la manutención para conseguir una independencia economica, cuanto antes, evitando una carga para el pagador/a, de la Manutención a los hijos Mayores de edad.
En definitiva, habría que tener en cuenta las circunstancias concretas que rodean cada caso, para valorar cuando se dan los requisitos para extinguir la Manutención de los hijos mayores de edad, que en la mayoria de los casos, se lleva a cabo, con la interposición de un procedimiento judicial de Modificación de medidas, siendo un Juez quien dictará la Sentencia extinguiendo la obligación de abonar la Manutención de los hijos mayores.
¿QUIEN PERCIBE LA MANUTENCION DE LOS HIJOS MAYORES DE EDAD?
La Manutención de los hijos Mayores de edad, normalmente la percibe el progenitor/a que tiene la Custodia de los hijos, cuando estos son menores de edad, manteniendola en el tiempo durante la mayoria de edad, es decir, aunque el hijo sea mayor de edad, la pension de alimentos, la sigue percibiendo el progenitor/a, con el que vive el hijo desde que era menor.
Por lo que, teniendo en cuenta esta situación, en muchos casos, los progenitores que perciben la Manutención de los hijos Mayores de edad, intentan ocultar o falsear, la situación real, personal y economica del hijo, para evitar que el progenitor/a, que la abona extinga la Manutención del hijo mayor.
Convirtiendose en muchas ocasiones, la Manutención de los hijos Mayores de edad, en una pensión para el progenitor/a, en vez de, para el hijo mayor de edad.
MANUTENCIÓN HIJOS MAYORES DE EDAD QUE VIVEN EN OTRO DOMICILIO.
Como bien he expuesto anteriormente, la obligación de pagar la Manutención a los hijos Mayores de edad, es un tema controvertido y dificil de saber, aunque si es cierto, que existen una serie de factores, que pueden indicarnos, cuando un hijo mayor de edad es Independiente economicamente y por tanto, podemos Extinguir la obligación de seguir abonando la Manutención de los hijos mayores de edad.
Esta letrada, se ha encontrado con casos, donde el hijo mayor de edad, no vive en el domicilio familiar, «aquel en el que se quedan los hijos cuando estos son menores de edad con el progenitor custodio», es decir, este se ha trasladado a vivir a otro domicilio, o bien solo, o bien con terceras personas. considerando que en ese caso, se podría Extinguir la obligación de abono de la Manutención de los hijos Mayores de edad.
No hay que olvidar, que la Manutención de los hijos Mayores de edad, la percibe el Progenitor/a, que tiene la Custodia de los hijos cuando estos son menores de edad, por tanto, si el hijo cambia de domicilio y no vive con el progenitor custodio, será un motivo justificado, para extinguir la obligación de pago de la Manutención a los hijos mayores de edad.
Otra cosa diferente, sería que el hijo mayor de edad, pueda solicitar a sus progenitores que le abonen una pensión de alimentos, si tiene motivos para ello.
Se ha conseguido por este despacho una Sentencia muy novedosa, dictada por la Audiencia Provincial de Granada, donde se Extingue la Obligación de abonar la Manutención de una hija mayor con efectos retroactivos, que significa, años atraś.
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